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TÉRMINOS Y CONDICIONES

RIFA DEPARTAMENTO

Los presentes términos y condiciones regulan la “rifa”, y cuentan con vigencia a partir del

16 de enero de 2025, la que es organizada por Janina Rocio Miranda Guevara. La rifa

corresponde al sorteo de diez premios, siendo el premio mayor el inmueble ubicado en

Avenida Edmundo Cabezas 2420, comuna de Rancagua, Región O’Higgins, como segundo

premio $300.000 pesos para quien refiere al ganador, 6 premios de $100.000 pesos cada

uno, y dos premios de 2 botellas de vino cada uno. Cualquier persona que desee participar

del concurso deberá realizarlo sujetándose a los presentes términos y condiciones, junto

con las demás políticas y principios que rigen el sitio web https://rifaprop.shop/ y que son

incorporados a los presentes términos y condiciones por referencia.

Cualquier persona que no acepte estos términos y condiciones generales, deberá

abstenerse de participar en el concurso, dado el carácter obligatorio y vinculante de estos

términos y condiciones para toda persona que desee participar en el concurso.

PRIMERO

REQUISITOS PARA PARTICIPAR: Podrán participar todas aquellas personas jurídicas y

naturales chilenas con mayoría de edad o extranjeras siempre y cuando tengan capacidad

legal para contratar, cuenten con cédula de identidad emitida por el Servicio de Registro

Civil e Identificación, y que compren uno o más Tickets en los términos expresados en el

presente documento. Cada participante puede comprar uno o más tickets sin limitaciones.

SEGUNDO

DE LOS PREMIOS: Respecto a los premios se considerarán aparte del inmueble, 9 premios,

de los cuales 8 se sortearán a los 8 tickets que serán los ganadores de los respectivos

premios que a continuación se detallan:

PRIMER PREMIO. Se rifa todos los derechos sobre el inmueble ubicado en Avenida

Edmundo Cabezas dos mil cuatrocientos veinte, departamento trescientos cuatro que

corresponde a la manzana D, lote nueve del conjunto habitacional “Villa Las Cumbres” de

la comuna de Rancagua, Región de O’Higgins, de propiedad de Janina Rocio Miranda

Guevara. A saber, el Bien inmueble le corresponde el rol de avalúo número 11426-00100,

comuna de Rancagua, Región O’Higgins, el cual está libre de Hipotecas y Gravámenes y se

encuentra con sus contribuciones al día, servicios básicos y derechos de aseo al día.

SEGUNDO PREMIO: Se entrega la suma de $300.000.- (trescientos mil pesos). A quien

refiere al ganador del inmueble.

TERCER PREMIO: Se rifa la suma de $100.000.- (cien mil pesos).

CUARTO PREMIO: Se rifa la suma de $100.000.- (cien mil pesos).

QUINTO PREMIO: Se rifa la suma de $100.000.- (cien mil pesos).

SEXTO PREMIO: Se rifa la suma de $100.000.- (cien mil pesos).

SEPTIMO PREMIO: Se rifa la suma de $100.000.- (cien mil pesos).

OCTAVO PREMIO: Se rifa la suma de $100.000.- (cien mil pesos).

NOVENO PREMIO: 2 botellas de vino. Viñedos del Castillo

DECIMO PREMIO: 2 botellas de vino. Viñedos del Castillo

Con respecto al premio primero, será entregado en la Región de O’Higgins, en un lugar a

acordar con el ganador, siendo contactado vía telefónica luego de finalizado el sorteo. Se

coordinará con el ganador del premio del departamento para la firma de la respectiva

escritura pública y entrega de llaves una vez esté inscrita la propiedad a nombre del

ganador en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua. La

entrega de los Premios será efectuada única y exclusivamente a la persona que haya

ganado el Premio, o a la persona que el ganador designe como representante para ello,

mediante un poder escrito y con su firma autorizada ante Notario.

El ganador deberá retirar su Premio en el lugar y horario que coordine el ganador y quien

entrega el premio, portando su cédula de identidad y firmando un documento que

demuestre la recepción conforme del Premio. El ganador deberá enviar previamente una

copia de su cédula de identidad por ambos lados para acreditar que es la persona ganadora.

El Premio del Concurso no es intercambiable por otros bienes, ni por dinero o instrumento

representativo de aquel.

Respecto a los premios desde el segundo al octavo, estos se entregarán vía transferencia

bancaria a la cuenta bancaria que los ganadores indiquen por escrito (vía correo electrónico,

Instagram u otro medio tecnológico) al ser contactados después de ganar su respectivo

premio. Sólo se podrán transferir los premios del segundo al octavo a las cuentas bancarias

cuyos titulares sean los ganadores de los respectivos premios. El plazo para realizar la

transferencia bancaria será de cinco días hábiles contados desde la fecha del sorteo.

Le queda prohibido al ganador efectuar declaraciones, realizar conductas o llevar a cabo

acciones u omisiones que lesionen el prestigio y/o el patrimonio de Janina Rocio Miranda

Guevara, sus equipos humanos y demás componentes de éste. En este sentido, el ganador

se compromete a mantener una conducta intachable.

El no cumplimiento de esta cláusula facultará a Janina Rocio Miranda Guevara para declarar

desierto el Concurso, o bien proceder a la elección de otro ganador.

Responsabilidad de los Participantes

Por el sólo hecho de participar en el Concurso, se entenderá que los participantes que

concursen, sea que salgan favorecidos por algún premio o no, han autorizado expresa e

irrevocablemente a Janina Rocio Miranda Guevara para usar con fines publicitarios su

nombre, seudónimo, fotografías y cualquier reproducción o impreso suyo que sea necesario

o útil para efectos promocionales, sin tener derecho a percibir pago alguno por dicho

concepto.

El ganador libera de toda responsabilidad a Janina Rocio Miranda Guevara por cualquier

impedimento, hecho o accidente que le impida aceptar o recibir el Premio, o que

interrumpa, altere o haga más onerosa su realización. Asimismo, Janina Rocio Miranda

Guevara no se hace responsable por accidentes o problemas de cualquier índole que tenga

el ganador y/o las personas presentes con ocasión de la utilización del Premio.

Por el sólo hecho de participar, se presumirá que los participantes aceptan estas Bases, no

pudiendo aducir desconocimiento de estas. Por lo tanto, la aplicación de ellas no dará

derecho a reclamo alguno en contra de Janina Rocio Miranda Guevara, ni de sus abogados,

ejecutivos, trabajadores o equipo humano.

TERCERO: VIGENCIA Y DETALLE DEL CONCURSO.

  1. La venta de tickets estará disponible a contar del día 16 de enero de 2025 en, hasta el

día 17 de marzo de 2025 a las 23:59 horas de Chile continental si y sólo si se cumple la meta

de tickets vendidos de cinco mil unidades. En caso de no llegar a la meta mencionada se

prorrogará el cierre de venta de tickets, modificándose la fecha del sorteo, según se indica

en los numerales 9, 10 y 11 de estas bases.

  1. Los números de los tickets serán arrojados de manera aleatoria y serán enviados vía

correo electrónico de manera automática una vez se realice la compra. Téngase presente

que deben venderse la cantidad de tickets señaladas. Se cuentan por unidad de tickets. En

total deben venderse individualmente considerado cada ticket la cantidad señalada

precedentemente independiente del número que tenga cada ticket escrito (nominal).

  1. El sorteo tendrá lugar el día 17 de marzo de 2025, transmitiéndose el proceso del sorteo

en vivo a través de redes sociales de Rifa Prop. El horario del sorteo será informado por

redes sociales.

  1. La compra de los boletos que dan derecho a participar en el sorteo, sólo se efectuará por

medio de compra de ticket a través de la página https://rifaprop.shop/ cuyo pago puede

ser con tarjeta bancaria de crédito o débito de forma exclusiva y excluyente (sobre lo

mismo, no se acepta ninguna otra forma de pago, es decir, no son válidas transferencias ni

pago diferente a la compra de los tickets a través de la página web citada. Es de

responsabilidad de cada usuario realizar la compra del o los tickets de forma correcta, no

teniendo ninguna responsabilidad Janina Rocio Miranda Guevara en caso de que no se haga

de la forma descrita. No se hará devolución de dinero si se hacen transferencias bancarias

o cualquier pago distinta o diversa de la compra on line descrita.

  1. Una vez realizado íntegramente el pago a través de la página web https://rifaprop.shop/,

se le enviará automáticamente al participante un correo electrónico con la información del

pago y su NÚMERO DE PEDIDO, con el cual estará participando del sorteo, y que

corresponde además al ticket oficial de esta rifa. Es de exclusiva responsabilidad del

concursante de guardar su número de pedido (número de Rifa). El concursante debe tomar

fotos, escanear, guardar su número de pedido (número de Rifa), ya que una vez generado

el mismo Janina Rocio Miranda Guevara no se hace responsable de guardar no se hace cargo

de pérdida del número, extravío del mismo, olvido del número por parte del concursante,

siendo, repetimos, responsabilidad guardarlo por el medio tecnológico más adecuado

como los ejemplos descritos precedentemente.

El participante, al realizar la compra de uno o más boletos, estará aceptando todos y cada

uno de los puntos de estos términos y condiciones, y deberá señalar los siguientes datos

para su acertada individualización: nombre completo, cédula de identidad, dirección

particular, correo electrónico, número de teléfono móvil, y nombre de quien refiere al

comprador. Toda la información concerniente al concurso se le comunicará a través del

correo electrónico que haya indicado previamente, y en el mismo correo se le enviará el

detalle de su compra y el o los boletos que le habilitan para participar en el concurso. Todos

los participantes podrán comprar más de un ticket de una sola vez si así lo desean.

  1. Los participantes por el solo hecho de hacer el pago electrónico ya mencionado, aceptan

completamente los términos y condiciones de este concurso, las que se encuentran

publicadas en la página web https://rifaprop.shop/, pudiendo acceder a ellas a través de

dicha página creada al efecto. De igual modo, en dicha página podrán corroborar el título

respectivo.

  1. Los participantes NO TENDRÁN DERECHO A RETRACTO una vez efectuada la compra del

ticket, por lo que NO SE EFECTUARÁ DEVOLUCIÓN ALGUNA DEL VALOR DE COMPRA DEL

O LOS TICKETS ADQUIRIDOS. Los participantes renuncian al caso fortuito o fuerza mayor,

vale decir, independiente las razones que cualquier concursante manifieste, no se hará

devolución alguna del valor del o los tickets comprados como se señala claramente en estas

bases, por lo que todos tickets participan de la rifa y de sus prorrogas eventuales del sorteo

de los premios.

  1. Los boletos son nominativos, en ningún caso al portador, de modo que si el adquiriente

fallece antes del sorteo trasmite sus derechos en el concurso a sus herederos conforme a

las reglas generales sobre sucesión por causa de muerte.

  1. En el evento de no completarse el número mínimo de boletos vendidos a la fecha de

cierre, indicada en el punto número 2, se dará comienzo a prorrogas que se indican a

continuación.

  1. Prorrogas: De no completarse la venta mínima de boletos al finalizar la prórroga

señalada en el número anterior, el plazo de venta de los tickets se prorrogará, cerrando el

concurso el día 17 de abril de 2025 a las 23:59 horas, y teniendo lugar el sorteo el día 18 de

abril de 2025.

  1. Si tampoco durante la nueva prórroga se completa el número mínimo de boletos

vendidos, los concursantes aceptan nueva prórroga por el plazo que se informará en redes

sociales de Rifa Prop. Una vez transcurrido dicho plazo, el organizador del sorteo queda

facultado para retener dichos importes a su favor.

  1. El sorteo se realizará a través de una tómbola, donde se incluirán todos los

números de tickets vendidos hasta la fecha de cierre del sorteo. El evento se realizará en la

ciudad de Rancagua.

  1. El sorteo tendrá lugar en la fecha indicada en el punto 2 o en cualquiera de las

prórrogas indicadas en los números 9, 10 y 11 de estas bases, según sea el caso. Con todo,

al ganador del sorteo se le llamará al teléfono que haya indicado según lo dispuesto en el

número 4 anterior o se le enviará plataforma WhatsApp a dicho número telefónico o se le

enviará un correo electrónico a la dirección entregada según lo dispuesto en el número 4

ya indicado. Es importante que los concursantes estén conectados a la transmisión del

sorteo para facilitar su contacto en caso de ser ganadores de alguno de los premios.

  1. El concurso termina cuando se han sorteado los diez premios.
  2. Todas las fechas mencionadas anteriormente quedan sujetas a cualquier variación

por disposiciones de la autoridad, lo cual se avisará con antelación.

  1. El valor del boleto será la suma de $5.000 (cinco mil pesos chilenos) IVA incluido.
  2. El boleto que resulte ganador del primer premio facultará a su propietario para

adquirir la totalidad del inmueble que se sortea como único y exclusivo dueño, previa

suscripción en el plazo de 5 días corridos a la fecha del sorteo, de un contrato de

confidencialidad, requisito esencial para adquirir el premio. La adquisición del inmueble se

realizará mediante respectivo contrato de compraventa en la Notaría que indique el

organizador del sorteo al correo electrónico indicado por el ganador al momento de

comprar el boleto, y posterior inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de

Bienes Raíces de Rancagua, teniendo un plazo de 30 días hábiles contados desde el día

siguiente del sorteo para suscribir el respectivo contrato en la Notaría que le será

informada para tal efecto. Si el participante ganador del concurso no quiere o no puede, sin

justa causa, firmar el contrato dentro del plazo indicado en el número 19, se entiende que

renuncia al premio y faculta al titular de la propiedad para llevar a cabo un nuevo sorteo.

  1. Los gastos del contrato señalado anteriormente serán de cargo de quien organiza

el sorteo, la inscripción del inmueble a nombre del ganador.

  1. Siendo un sorteo público, los ganadores de todos los premios del concurso

autorizan desde ya que su nombre sea publicado en la página web https://rifaprop.shop/,

Instagram del concurso y redes sociales de Rifa Prop.

  1. Sin perjuicio del plazo señalado en el número 17, el ganador podrá reclamar el

premio dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha del sorteo, de modo

que, una vez expirado dicho término, se entiende que el ganador renuncia

irrevocablemente al premio, facultando al titular de la propiedad para realizar un nuevo

sorteo o mantener la titularidad del mismo, a su elección. Para estos efectos, se deja

establecido que en ningún caso el contrato podrá celebrarse en un plazo mayor a 45 días

corridos desde la fecha del sorteo.

  1. Los participantes del concurso reconocen y aceptan, desde que adquieren el o los

boletos que los facultan para participar en el concurso, que éste se trata del sorteo de diez

premios, siendo el primero de ellos el inmueble citado (departamento).

  1. El ganador del concurso reconoce, desde la adquisición del o los boletos que

resulten en definitivo ganador, que el inmueble correspondiente al primer premio que se

sortea, es usado y se adquiere en el estado que se encuentra.

  1. El inmueble rifado a la fecha de la entrega al ganador, deberá encontrarse

totalmente al día respecto de sus documentos y gastos asociados, tales como

contribuciones, derecho de aseo y gastos básicos.

  1. Podrán participar en el concurso tanto chilenos como extranjeros, siempre y

cuando tengan capacidad legal para contratar y cuenten con cédula de identidad emitida

por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile.

  1. No podrán adquirir boletos en el presente concurso las siguientes personas: Los

descendientes y ascendentes del organizador; los parientes consanguíneos hasta el cuarto

 

grado de consanguinidad; tampoco podrán participar de esta rifa los organizadores ni sus

relacionados tales como abogados, contadores, diseñadores y programadores web.

  1. El organizador del sorteo se reserva el derecho de complementar o modificar las

bases de esta promoción en forma total o parcial, incluso iniciada ésta.

CUATRO: RESPONSABILIDAD. La responsabilidad de los organizadores del sorteo queda

limitada al valor efectivamente pagado por concepto de compra de boletos de los

participantes del concurso.

Los organizadores no se responsabilizan por daño, perjuicio o pérdida alguna que se cause

a los participantes del concurso causados por fallas en el sistema, en el servidor o en

Internet. Los organizadores tampoco serán responsables por virus que pudiera infectar los

equipos o dispositivos de los participantes del sorteo como consecuencia del acceso, uso o

examen de su sitio web o a raíz de cualquier transferencia de datos producto de la

adquisición de boletos.

Los organizadores quedan exentos de cualquier tipo de responsabilidad por perjuicios

causados u originados en dificultades técnicas o fallas en los sistemas o en Internet.

Los organizadores no garantizan el acceso ni el uso continuado o ininterrumpido de su sitio.

Los participantes renuncian al caso fortuito y fuerza mayor. El sistema puede

eventualmente no estar disponible debido a dificultades técnicas o fallas de Internet, o por

cualquier otra circunstancia ajena a los organizadores. En dichos casos, se procurará

restablecerlo con la mayor celeridad posible sin que por ello pueda imputársele algún tipo

de responsabilidad.

Los organizadores no serán responsables por ningún error u omisión contenidos en su sitio

web.

INTERPRETACIÓN DE LAS BASES.

Janina Rocio Miranda Guevara se reserva el derecho de interpretar soberanamente las

presentes Bases, circunstancia que los concursantes aceptan por el sólo hecho de participar

en el respectivo Concurso.

RETRACTO. Al adquirir un ticket, los participantes aceptan plenamente los términos y

condiciones de esta rifa, los cuales están disponibles en el sitio web https://rifaprop.shop/.

Pueden acceder a estas bases a través de dicha página diseñada para tal fin. Asimismo,

podrán verificar el título correspondiente en la misma página.

Una vez realizada la adquisición del ticket, los participantes no podrán ejercer el derecho a

retracto, por lo que no se efectuará ninguna devolución del valor aportado por el o los

tickets adquiridos.

DOMICILIO

Para todos los efectos legales, se fija domicilio en la ciudad de Rancagua, y quedan

sometidos a la competencia de sus tribunales de justicia.

JANINA ROCIO MIRANDA GUEVARA

CREADOR Y ORGANIZADOR DEL CONCURSO

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